Consultoría y Asesoría
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sábado, 7 de julio de 2012
jueves, 7 de junio de 2012
OBJETIVO
El objetivo de esta Norma es establecer los
procedimientos que una empresa debe aplicar para asegurar que el valor de sus
activos no supera el importe que puede recuperar de los mismos. Un determinado
activo estará contabilizado por encima de su importe recuperable cuando su
valor en libros exceda del importe que se puede recuperar del mismo a través de
su uso o de su venta. Si este fuera el caso, el activo se calificaría como
deteriorado, y la Norma exige que la empresa reconozca contablemente la
correspondiente pérdida de valor por deterioro. En la Norma también se
especifica cuándo la empresa debe proceder a revertir la pérdida de valor por
deterioro, y se exige que suministre determinada información referente a los
activos que hayan sufrido este tipo de deterioros de valor.
1. Esta Norma se debe
aplicar en la contabilización de los deterioros de valor de cualquier clase de
activos, salvo los siguientes:
a) inventarios
b) activos surgidos de los
contratos de construcción
c) activos por impuestos
diferidos
d) activos procedentes de costos
de beneficios a empleados
e) activos financieros que se encuentren incluidos en
el alcance de la NIC 32, Instrumentos Financieros: Presentación e Información a
Revelar.
2. Esta Norma no se aplica a los inventarios, a los
activos surgidos de los contratos de construcción, a los activos por impuestos
diferidos ni a los activos que surgen de los costos de beneficios a empleados
porque, en otras Normas Internacionales de Contabilidad aplicables a tales
activos, se han dado ya reglas específicas para reconocer y medir estos tipos
de activos.
3. En el caso de los activos financieros a los que afecta la NIC 32, Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar, las reglas para el reconocimiento y medición de las pérdidas de valor por deterioro dependen de lo que resulte del proyecto, actualmente en marcha en el IASC, sobre contabilización de los instrumentos financieros. Sin embargo, las inversiones en:
a) Subsidiarias, definidas en la NIC 27, Estados
Financieros Consolidados y Contabilización de Inversiones en Subsidiarias;
b) Asociadas, definidas en la NIC 28, Contabilización
de Inversiones en Empresas Asociadas, y
c) Negocios conjuntos, definidos en la NIC 31,
Información Financiera sobre los Intereses en Negocios Conjuntos, son activos
financieros excluidos explícitamente del alcance de la NIC 32, por lo que
quedan afectados por los requisitos fijados en la presente Norma.
4. Esta Norma es aplicable a los activos que se llevan contablemente por su valor revaluado (valor razonable) siguiendo otras Normas Internacionales de Contabilidad, como sucede con el tratamiento alternativo permitido por la NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo. No obstante, determinar si un activo previamente revaluado puede haberse deteriorado, por causas inesperadas, depende de los criterios utilizados para determinar el valor razonable:
a) Si el valor razonable del activo es su valor de
mercado, la única diferencia entre el valor razonable del activo y su precio de
venta neto, reside en los costos incrementales que se deriven directamente de
la desapropiación del activo:
(i) si los costos de desapropiación son
insignificantes, el importe recuperable del activo revaluado será un valor próximo
a, o mayor que, su valor revaluado (valor razonable); en tal caso, una vez que
se hayan aplicado los criterios de la revaluación, es improbable que el activo
revaluado haya deteriorado su valor, y por tanto no es necesario estimar el
importe recuperable, y
(ii) si los costos de desapropiación no son
insignificantes, el precio de venta neto del activo revaluado será
necesariamente menor que su valor razonable, por ello se reconocerá el
deterioro del valor del activo revaluado en cuestión, siempre que su valor en
uso sea menor que su valor revaluado (valor razonable). En tal caso, una vez
que se hayan aplicado los criterios de la revaluación, la empresa utilizará
esta Norma para determinar si el activo ha sufrido o no deterioro de su valor.
(b) Si el valor razonable del activo se determina a
partir de una base distinta a su valor de mercado, su valor revaluado (valor
razonable) podría ser mayor o menor que su importe recuperable, de forma que,
después de aplicar los correspondientes criterios de revaluación, la empresa
tendrá que aplicar esta Norma para determinar si el activo ha sufrido o no
deterioro de su valor.
Valor de uso de un activo es el valor presente de los flujos futuros estimados de efectivo que se esperan, tanto de su funcionamiento continuado en el tiempo, como de su eventual desapropiación al final de la vida útil.
Precio de venta neto de un activo es el importe que se puede obtener por la venta del mismo en una transacción libre, realizada entre un comprador y un vendedor adecuadamente informados, una vez deducidos los costos de desapropiación.
Costos de desapropiación son los costos incrementales directamente atribuibles a la desapropiación de un activo, excluyendo los gastos financieros y los impuestos sobre las ganancias.
Pérdida por deterioro es la cantidad en que excede el valor en libros de un activo, a su importe recuperable.
Valor en libros de un activo es el importe por el que tal elemento aparece en el balance de situación general, una vez deducida la amortización o depreciación acumuladas y el deterioro de valor que, eventualmente, le correspondan.
Depreciación (Amortización) es la distribución del valor depreciable de un activo entre los años de su vida útil estimada.
Importe depreciable de un activo es su costo histórico, o el importe que lo sustituya en los estados financieros, una vez que se ha deducido su valor residual.
Vida útil de un activo es:
a) El periodo de tiempo durante el cual se espera
utilizar el activo por parte de la empresa, o bien
b) El número de unidades de producción o similares que
se esperan obtener del mismo por parte de la empresa.
Unidad generadora de efectivo es el grupo
identificable de activos más pequeño, cuyo funcionamiento continuado genera
entradas de efectivo a favor de la entidad que son, en buena medida,
independientes de los flujos de efectivo derivados de otros activos o grupos de
activos.
Activos comunes de la compañía son los activos, diferentes de la plusvalía comprada, que contribuyen a la obtención de flujos de efectivo futuros en la unidad generadora de efectivo que se está considerando y en las demás unidades existentes en la empresa.
Mercado activo es un mercado en el que se dan las siguientes condiciones:
Activos comunes de la compañía son los activos, diferentes de la plusvalía comprada, que contribuyen a la obtención de flujos de efectivo futuros en la unidad generadora de efectivo que se está considerando y en las demás unidades existentes en la empresa.
Mercado activo es un mercado en el que se dan las siguientes condiciones:
a) Las partidas objeto de
transacción son homogéneas,
b) Siempre es posible encontrar
compradores y vendedores, y
c) Los precios están disponibles
para el público.
En los párrafos 7 a 14 se especifica cuándo debe
determinarse el importe recuperable. En las reglas que se ofrecen, se utiliza
el término "activo", pero son aplicables tanto a un activo
considerado individualmente como a una unidad generadora de efectivo.
Se deteriora el valor de un activo cuando el valor en
libros del mismo excede a su importe recuperable.
En los párrafos 9 a 11 se describen algunos indicios
para saber si ha tenido lugar un deterioro del valor de esta naturaleza: si se
presenta alguno de tales indicios, la empresa estará obligada a realizar una
estimación del importe recuperable. En caso de no presentarse indicio alguno de
una pérdida por deterioro potencial, esta Norma no obliga a la empresa a que
realice una estimación formal del importe recuperable que podría corresponder a
los activos.
La empresa debe
evaluar, en cada fecha de cierre del balance, si existe algún indicio de
deterioro del valor de sus activos. Si se detectase algún indicio, la empresa
deberá estimar el importe recuperable del activo en cuestión.
Al evaluar si
existe algún indicio de que el activo puede haber deteriorado su valor, la
empresa debe considerar, como mínimo, las siguientes circunstancias:
Fuentes externas de información:
a) Durante el periodo, el valor de mercado del activo
ha disminuido significativamente más que lo que cabría esperar como
consecuencia del mero paso del tiempo o del uso normal;
b) Durante el periodo han tenido lugar, o van a tener
efecto en el futuro inmediato, cambios significativos con una incidencia
adversa sobre la empresa, referentes al entorno legal, económico, tecnológico o
de mercado en los que ésta opera, o bien en el mercado al que está vinculado el
activo en cuestión;
c) Durante el periodo los tasas de interés de mercado,
u otras tasas de rendimiento de mercado de inversiones, han sufrido incrementos
que probablemente afecten a la tasa de descuento utilizada para calcular el
valor de uso del activo, de forma que disminuyan su importe recuperable de
forma significativa;
d) El valor en libros de los activos que la empresa
presenta, en sus estados financieros, es mayor que su capitalización bursátil;
Fuentes internas de información
e) Se dispone de evidencia sobre la obsolescencia o
deterioro físico del activo;
f) Durante el periodo han tenido lugar, o se espera
que tengan lugar en el futuro inmediato, cambios significativos en la forma o
manera en que se usa o se espera usar el activo, que afectarán
desfavorablemente a la empresa; entre tales cambios pueden encontrarse los
planes de interrupción o reestructuración de la operación a la que pertenece el
activo, o que se haya decidido la desapropiación del mismo antes de la fecha
prevista, y
g) Se dispone de evidencia, procedente de informes
internos, que indica que el rendimiento económico del activo es, o va a ser,
peor que el esperado.
La empresa
puede detectar otros indicios de que el activo puede estar perdiendo valor por
deterioro, lo que también la obligaría a determinar el importe recuperable del
activo.
La evidencia obtenida a través de informes internos,
que pudieran estar señalando el deterioro de valor del activo, incluye entre
otros indicios, la existencia de:
a) Flujos de efectivo para adquirir el activo, o
necesidades posteriores de efectivo para operar con él o mantenerlo, que son
significativamente mayores que los presupuestados originalmente;
b) Flujos netos de efectivo reales, o bien beneficios
o pérdidas, derivados de la operación del activo, que son significativamente
peores que los presupuestados originalmente;
c) Una disminución significativa de los flujos de
efectivo netos o sobre la ganancia operativa presupuestados, o un incremento
significativo de las pérdidas originalmente presupuestadas procedentes del
activo en cuestión, o bien
d) Pérdidas de operación o flujos netos negativos de
efectivo para el activo, cuando las cifras del periodo actual son agregadas con
las cifras presupuestadas para el futuro.
El concepto de importancia relativa tiene aplicación
al determinar si es necesario estimar el importe recuperable de un activo. Por
ejemplo, si los cálculos previos muestran que el importe recuperable del activo
es significativamente mayor que su valor en libros, la empresa no necesita
volver a reestimar el importe recuperable, salvo en presencia de sucesos que
pudieran tener como efecto la eliminación de tal diferencia. De forma similar,
los análisis preliminares pueden mostrar que el importe recuperable de un
determinado activo no es sensible a uno o varios de los indicios listados en el
párrafo 9.
Como
ilustración de lo que se afirma en el párrafo 12, si las tasas de interés de
mercado u otras indicaciones del rendimiento de mercado para las inversiones
han sufrido incrementos durante el periodo, la empresa no estará obligada a
realizar una estimación formal del importe recuperable del activo en los
siguientes casos:
a) Cuando no sea probable que la tasa de descuento
utilizada al calcular el valor de uso del activo vaya a verse afectada por el
incremento en tales tasas de mercado. Por ejemplo, los incrementos en las tasas
de interés a corto plazo, pueden no ejercer un efecto importante en la tasa de
descuento utilizada para valorar un activo al que le resta todavía una vida
útil dilatada;
b) Cuando resulte probable que la tasa de descuento
utilizada al calcular el valor de uso del activo, vaya a verse afectada por el
incremento en tales tasas de descuento, pero los análisis previos de
sensibilidad sobre el importe recuperable muestren que:
(i) Es improbable que se vaya a producir una
disminución importante en el importe recuperable, por causa de que los flujos
futuros de efectivo es posible que se vean aumentados. Por ejemplo, en algunos
casos, la empresa puede ser capaz de demostrar que puede ajustar sus ingresos
para compensar eventuales incrementos en las tasas (de rendimiento) del
mercado.
(ii) O bien que es improbable que, de la disminución
del importe recuperable, resulte un deterioro de cuantía significativa.
Si existe cualquier indicio de que el activo puede
haber perdido valor por deterioro, esto podría indicar que la vida útil
restante, el método de depreciación (amortización) utilizado o el valor
residual del activo, necesitan ser revisados y ajustados, siguiendo la NIC
aplicable a tal activo, incluso si no se llega finalmente a reconocer ningún
deterioro del valor para el activo considerado.
En esta Norma se
define importe recuperable de un activo como el mayor entre el precio de venta
neto y el valor de uso. Los párrafos 16 a 56 establecen los requisitos para la determinación
del importe recuperable.
En ellos se utiliza el término "activo", que
es aplicable tanto a los activos individuales como a las unidades generadoras
de efectivo.
No siempre es
necesario calcular el precio de venta neto de un activo y su valor de uso. Por
ejemplo, si uno cualquiera de tales valores excediera al valor en libros del
activo, éste no habría deteriorado su valor, y por tanto no sería necesario
proceder al cálculo del otro valor restante.
Es posible
calcular el precio de venta neto de un activo incluso si éste no cuenta con un
mercado activo. Sin embargo, en ocasiones no será posible determinar el precio
de venta neto, porque no existan bases para hacer una estimación fiable del
importe que podría obtener, por la venta del activo en cuestión, en una
transacción libre realizada entre un comprador y un vendedor adecuadamente
informados. En tal caso, puede tomarse como importe recuperable de un activo su
valor de uso.
Si no hubiese
razón para creer que el valor de uso del activo excede de forma significativa a
su precio de venta neto, puede tomarse este último precio como importe
recuperable del mismo. Este es, con frecuencia, el caso de un activo cuyo
destino es la desapropiación. En efecto, el valor en uso de un activo que se
destina a ser desapropiado estará compuesto, fundamentalmente, por el importe a
obtener por la venta, ya que los flujos de efectivo futuros, derivados de su
funcionamiento continuado hasta la desapropiación, probablemente resulten
insignificantes a efectos del cálculo.
El importe
recuperable se calcula para cada activo individualmente, salvo que los activos
no generasen entradas de efectivo que fueran, en buena medida, independientes
de las producidas por otros activos o grupos de activos. Si este fuera el caso,
el importe recuperable se determinará para la unidad generadora de efectivo a
la que pertenezca el activo en cuestión (véanse los párrafos 64 a 87), a menos
que:
a) El precio de venta neto del
activo sea mayor que su valor en libros, o
b) Se estime que el valor de uso del activo esté
próximo a su precio neto de venta, y este último pueda ser determinado.
En algunos casos, para la determinación del precio
neto de venta o del valor de uso, las estimaciones, los promedios y otras
simplificaciones en el cálculo pueden proporcionar una aproximación razonable a
las cifras que se obtendrían de cálculos más detallados, como los ilustrados en
el Apéndice de esta Norma.
La mejor evidencia del precio de venta neto la
constituye la existencia de un precio, dentro de un compromiso formal de venta,
en una transacción libre, ajustado por los costos incrementales que pudieran
ser directamente atribuibles a la desapropiación del activo.
Si no existiera un compromiso formal de venta, pero el
activo tuviera un mercado activo de compraventa, el precio de venta neto
estaría constituido por el precio del activo en el mercado menos los costos de
desapropiación.
El precio de
mercado adecuado es, normalmente, el precio vendedor que se dé en cada momento.
Cuando no se disponga del precio vendedor del momento, el precio de la
transacción más reciente puede proporcionar la base adecuada para estimar el
precio de venta neto, suponiendo que no se hayan producido cambios significativos
en las circunstancias económicas, entre la fecha de la transacción y la fecha
en la que se realiza la estimación.
Si no existe ni un acuerdo firme de venta ni un
mercado activo para el bien en cuestión, el precio de venta neto se calculará a
partir de la mejor información disponible para reflejar el importe que la
empresa puede obtener, en una transacción libre entre un comprador y un
vendedor, adecuadamente informados, una vez deducidos los costos derivados de
la desapropiación. Para determinar este importe, la empresa considerará el
resultado de las transacciones recientes con activos similares en el mismo
sector industrial. El precio de venta neto no reflejará una venta forzada,
salvo que la gerencia se vea obligada a vender inmediatamente.
Los costos por la desapropiación, diferentes de
aquéllos que ya hayan sido reconocidos como pasivos, se habrán de deducir al
calcular el precio de venta neto. Son ejemplos de estos tipos de costos los de
carácter legal, los impuestos de todo tipo que el vendedor ha de pagar por la
operación, los costos de desmontar o desplazar el activo, así como todos los
demás costos incrementales por dejar el activo en condiciones de venta. No
obstante, los beneficios por terminación (tal y como han sido definidas en la
NIC 19, Beneficios a los Empleados) y otros costos asociados con la reducción
del tamaño o la reorganización de una empresa, que puede derivarse de la venta
de un activo, no son costos incrementales directamente relacionados y
atribuibles a la desapropiación.
En ocasiones, la venta de un activo puede obligar al comprador a asumir un pasivo, y sólo se puede disponer de un precio de venta neto único tanto para él como para el pasivo
VALOR DE USO
a)
Estimar las entradas
y salidas futuras de efectivo derivadas tanto del funcionamiento continuado del
activo como de su desapropiación final, y
b)
Aplicar la tasa de
descuento adecuada a estos flujos de efectivo futuros.
En los párrafos 58 a 63 se establecen los
requisitos para el reconocimiento y la medición de las pérdidas por deterioro
de los activos individuales. Por su parte, en los párrafos 88 a 93 se
especifican estos mismos requisitos para el caso de unidades generadoras de
efectivo.
El valor en libros de un activo debe ser reducido
hasta que alcance su importe recuperable si, y sólo si, este importe
recuperable es menor que el valor en libros. Tal reducción se designa como
pérdida por deterioro.
La pérdida por deterioro debe ser reconocida
inmediatamente como un gasto en el estado de resultados, a menos que el activo
en cuestión se contabilice por su valor revaluado, siguiendo otra NIC (por
ejemplo en virtud del tratamiento alternativo permitido en la NIC 16,
Propiedades, Planta y Equipo).
Las pérdidas por deterioro, en los activos revaluados,
deben tratarse como una disminución de la revaluación practicada siguiendo la
Norma Internacional de Contabilidad pertinente.
La pérdida por deterioro correspondiente a un activo
revaluado se reconocerá directamente como un cargo contra el superávit de
revaluación, en la medida que no exceda del importe de la misma que ha sido
generado por el activo en cuestión. La parte que exceda del importe previamente
revaluado, será reconocida como un cargo en el estado de resultados del
periodo.
En el caso de que el importe estimado de una pérdida
por deterioro sea mayor que el valor en libros del activo con el que se
relaciona, la empresa debe proceder a reconocer un pasivo si, y sólo si, es
obligada a ello por otra Norma Internacional de Contabilidad.
Tras el reconocimiento de una pérdida por deterioro,
los cargos por depreciación (amortización) del activo deben ser objeto del
ajuste correspondiente, con el fin de distribuir el valor en libros revisado
del activo, menos su eventual valor residual, de una forma sistemática a lo
largo del periodo que constituya su vida útil restante.
Cuando se proceda a reconocer una pérdida por
deterioro, se determinarán también los activos y pasivos por impuestos
diferidos relacionados con ella, mediante comparación del valor en libros
revisado con su base fiscal correspondiente, siguiendo la NIC 12, Impuesto
sobre las Ganancias.
UNIDADES GENERADORAS DE EFECTIVO
En los párrafos 65 a 93
se establecen los requisitos para identificar las unidades generadoras de
efectivo, a las que pertenecen los activos, y para determinar el valor en
libros y las hipotéticas pérdidas por deterioro que corresponden a las mismas.
IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD GENERADORA DE EFECTIVO A
LA QUE PERTENECE UN DETERMINADO ACTIVO
Si existiera algún
indicio de que un activo puede haber deteriorado su valor, el importe
recuperable del mismo se deberá estimar para el activo individualmente
considerado. Si no fuera posible estimar el importe recuperable del activo
individual, la empresa debe proceder a determinar el importe recuperable de la
unidad generadora de efectivo a la que tal elemento pertenece.
El importe recuperable de un determinado activo no
podrá ser determinado cuando:
a) El valor de uso del activo no pueda estimarse como
cercano a su precio de venta neto (por ejemplo, cuando los flujos de efectivo
futuros por el funcionamiento continuado del activo no pueden determinarse por
ser insignificantes).
b) El activo no genere entradas de efectivo, por su
funcionamiento continuo, que sean en buena medida independientes de las
producidas por otros activos. En estos casos, el valor de uso y, por tanto, el
importe recuperable, pueden determinarse sólo a partir de la unidad generadora
de efectivo a la que pertenece el activo en cuestión.
Ejemplo
Una empresa minera posee un ferrocarril privado para transportar el mineral que extrae. El ferrocarril en cuestión sólo puede ser vendido por su valor como chatarra y, por sí mismo, no genera entradas de efectivo por su funcionamiento continuo que sean en buena medida independientes de las entradas que corresponden a otros activos de la mina.
Una empresa minera posee un ferrocarril privado para transportar el mineral que extrae. El ferrocarril en cuestión sólo puede ser vendido por su valor como chatarra y, por sí mismo, no genera entradas de efectivo por su funcionamiento continuo que sean en buena medida independientes de las entradas que corresponden a otros activos de la mina.
No es posible estimar el importe recuperable del ferrocarril privado, porque el valor de uso del mismo no puede determinarse, aunque probablemente sea diferente de su valor como chatarra. Por tanto, la empresa tendrá que estimar el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que pertenece el ferrocarril, esto es, la mina en su conjunto.
Como ha quedado definido en el párrafo 5, la unidad generadora de efectivo de un activo es el grupo más pequeño de activos que, incluyendo al mismo, genere entradas de efectivo por su funcionamiento continuado, que sean en buena medida independientes de las entradas producidas por otros activos o grupos de activos. La identificación de una unidad generadora de efectivo implica la realización de juicios. Si no se puede llegar a determinar el importe recuperable de un activo individual, la empresa ha de proceder a identificar el conjunto más pequeño de activos que, incluyendo al mismo, genere entradas independientes de efectivo, por su funcionamiento continuado.
El importe
recuperable de una unidad generadora de efectivo, es el valor mayor entre el
precio de venta neto de la unidad y su valor de uso. Para los propósitos de
determinar el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo, las
referencias efectuadas en los párrafos 16 a 56 a "activo" o
"activos" se entenderán hechas a la "unidad generadora de
efectivo".
El valor en libros de una unidad generadora de
efectivo debe determinarse de manera coherente con la forma en que se calcula
el importe recuperable de la misma.
El valor en libros de una unidad generadora de
efectivo:
a) Sólo incluirá el valor en libros de aquellos
activos que puedan ser atribuidos directamente, o distribuidos según un
criterio razonable y coherente, a la unidad generadora de activos y que va a
generar las entradas futuras de efectivo, que hayan sido tenidas en cuenta a la
hora de calcular el valor de uso de la citada unidad, y
b) No incluirá el valor en libros de ningún pasivo
reconocido, a menos que el importe recuperable de la unidad generadora de
efectivo en cuestión no pudiera ser determinado sin tener en cuenta tal pasivo.
Ejemplo
Una empresa explota una mina en cierto país, donde la legislación exige que los propietarios rehabiliten los terrenos cuando la operación de la misma haya finalizado. El costo de la rehabilitación incluye la reposición de las capas de tierra que hubo que extraer de la mina antes de que la operación comenzara. Por eso, ha sido reconocida una provisión para cubrir los costos de la reposición desde el momento en que se quitó la tierra (rehabilitación). El importe de la provisión ha sido reconocido como parte del costo de la mina, y está siendo depreciado a lo largo de la vida útil de la mina. El valor en libros de la provisión por rehabilitación es de 500, que es igual al valor presente de los costos de rehabilitación.
Una empresa explota una mina en cierto país, donde la legislación exige que los propietarios rehabiliten los terrenos cuando la operación de la misma haya finalizado. El costo de la rehabilitación incluye la reposición de las capas de tierra que hubo que extraer de la mina antes de que la operación comenzara. Por eso, ha sido reconocida una provisión para cubrir los costos de la reposición desde el momento en que se quitó la tierra (rehabilitación). El importe de la provisión ha sido reconocido como parte del costo de la mina, y está siendo depreciado a lo largo de la vida útil de la mina. El valor en libros de la provisión por rehabilitación es de 500, que es igual al valor presente de los costos de rehabilitación.
La empresa está comprobando el posible deterioro de valor de la mina. La unidad generadora de efectivo de la mina es, precisamente, la propia mina en su conjunto. La empresa ha recibido varias ofertas de compra de la mina, con precios alrededor de 800, para cuya determinación se ha tenido en cuenta el hecho de que el comprador tomará para sí la obligación de restaurar los terrenos. Los costos de desapropiación de la mina tienen un importe insignificante. El valor de uso de la mina es aproximadamente 1.200, excluyendo los costos de rehabilitación. El valor en libros de la mina es de 1.000.
El precio de venta neto de la unidad generadora de efectivo es de 800. En este importe se ha considerado el impacto de los costos de rehabilitación. Como consecuencia de ello, el valor de uso de la unidad generadora de efectivo se determina tras considerar los costos de la rehabilitación, y se puede estimar en un importe de 700 (1.200 menos 500). El valor en libros de la unidad generadora de efectivo asciende a 500, igual al valor en libros de la mina (1.000) menos el valor en libros de la provisión para costos de rehabilitación (500).
Por razones prácticas, el importe recuperable de una
unidad generadora de efectivo se determina en ocasiones después de tener en
consideración los activos que no son parte de la propia unidad (por ejemplo,
cuentas a cobrar u otros activos financieros) o pasivos que ya han sido objeto
de reconocimiento en los estados financieros (por ejemplo, partidas por pagar,
pensiones y otras provisiones). En tales casos, el valor en libros de la unidad
generadora de efectivo se verá aumentado por el valor en libros de tales
activos y se verá disminuido por el valor en libros de tales pasivos.
PLUSVALÍA COMPRADA
La plusvalía comprada
que aparece en una adquisición representa un pago, realizado por el comprador,
anticipando una parte de los beneficios económicos a recibir en el futuro.
Estos beneficios económicos futuros, pueden proceder de la sinergia que se produce
entre los activos identificables adquiridos o, también, proceder de otros
activos que, individualmente, no cumplen las condiciones para su reconocimiento
en los estados financieros. La plusvalía comprada no puede generar flujos de
efectivo independientemente de otros activos o grupos de activos, y por lo
tanto no puede determinarse el importe recuperable de la misma como activo
individual. Como consecuencia de ello, si hubiera indicios de que la plusvalía
comprada ha perdido valor, el importe recuperable se determinará para la unidad
generadora de efectivo a la que pertenezca la citada plusvalía comprada. Este
importe se compararía, a continuación, con el valor en libros de esta unidad
generadora de efectivo y, eventualmente, se procederá a reconocer la pérdida
por deterioro correspondiente.
Al comprobar si una unidad generadora de efectivo se
ha deteriorado, la empresa debe proceder a detectar si la plusvalía comprada,
relativa a la citada unidad, ha sido objeto de reconocimiento en los estados
financieros. Si este fuera el caso, la empresa debe:
a) Llevar a cabo una comprobación
"de abajo arriba", esto es, la empresa debe:
(i) Determinar si el valor en libros de la plusvalía
comprada puede ser distribuida, de una forma razonable y coherente, a la unidad
generadora de efectivo que se esté considerando, y
(ii) a continuación, comparar el importe recuperable
de la unidad generadora de efectivo, que se esté considerando, con su valor en
libros (que incluirá entonces el valor en libros de la plusvalía comprada que
le haya podido corresponder en el reparto), procediendo a reconocer las
eventuales pérdidas por deterioro de acuerdo con el párrafo 88.
La empresa deberá llevar a cabo esta segunda etapa de
la comprobación "de abajo arriba" incluso si no fuera posible
distribuir, de una forma razonable y coherente, una parte del saldo de la
plusvalía comprada a la unidad generadora de efectivo que se esté considerando.
(b) Si, al ejecutar la comprobación "de abajo
arriba", no pudiera atribuirse el valor en libros de la plusvalía
comprada, de una forma razonable y coherente, a la unidad generadora de
efectivo que se esté considerando, la empresa deberá llevar a cabo
adicionalmente una comprobación "de arriba abajo", esto es, deberá
proceder a:
(i) Detectar la unidad generadora de efectivo más
pequeña, que contenga a la unidad que se esté considerando, y a la que se pueda
distribuir, de una forma razonable y coherente, el valor en libros de la
plusvalía comprada (sería la unidad generadora de efectivo "superior "),
y
(ii) a continuación, comparar el importe recuperable
de la unidad generadora de efectivo superior con su valor en libros (que
incluirá entonces el valor de la plusvalía comprada que le haya podido
corresponder en el reparto), procediendo a reconocer las eventuales pérdidas
por deterioro del valor de acuerdo con el párrafo 88.
Cada vez que se esté comprobando el posible deterioro
de valor de una unidad generadora de efectivo, la empresa considerará la
plusvalía comprada asociada con los flujos de efectivo futuros que pueda
generar la citada unidad. Si es posible distribuir a la unidad, de forma
razonable y coherente, una parte o la totalidad del saldo de la plusvalía
comprada, la empresa aplicará únicamente la comprobación "abajo
arriba". Si no fuera posible distribuir la plusvalía comprada de forma
razonable y coherente, la empresa aplicará tanto la comprobación "de abajo
arriba" como "de arriba abajo".
La comprobación "de abajo arriba" sirve para
asegurar que la empresa procede a reconocer cualquier pérdida por deterioro que
pueda corresponder a la unidad generadora de efectivo, incluyendo la
relacionada con la plusvalía comprada que se le haya podido distribuir sobre
una base razonable y coherente. Si no pudiese hacerse tal distribución en la
comprobación "de abajo arriba", entonces la combinación de las
comprobaciones "de abajo arriba" y "de arriba abajo"
aseguraría que la empresa reconoce:
a) En primer lugar, las pérdidas por deterioro que
haya tenido la unidad generadora de efectivo, sin considerar el efecto que las
mismas hayan podido tener en el valor de la plusvalía comprada; y
b) a continuación, las posibles pérdidas por deterioro
relacionadas con la plusvalía comprada. Puesto que la empresa aplica, en primer
lugar, la comprobación "de abajo arriba" a todos los activos que
puedan haber sufrido pérdidas por deterioro, cualquier eventual pérdida por
deterioro que sea detectada para la unidad generadora de efectivo superior, en
la posterior comprobación "de arriba abajo", estará relacionada
únicamente con la plusvalía comprada de esa unidad superior.
Si se aplica la comprobación "de arriba
abajo", la empresa tendrá que determinar formalmente el importe
recuperable de la unidad generadora de efectivo superior, a menos que se tenga
una evidencia clara de que no exista riesgo de pérdida por deterioro en esa
unidad superior (véase el párrafo 12).
ACTIVOS COMUNES DE LA COMPAÑÍA
Los activos comunes
de la compañía son los que corresponden genéricamente a todas las operaciones
de la empresa o de las divisiones, tales como el edificio que constituye la
sede social, el equipamiento informático de uso común o el centro de
investigación de la empresa. La estructura de la empresa es la que determina si
un activo en particular cumple la definición de activo común de la compañía,
con referencia a una unidad generadora de efectivo en particular. Las
características clave de los activos comunes son que no generan entradas de
efectivo de forma independiente, con respecto a otros activos o grupos de
activos, y que su valor en libros no puede ser enteramente distribuido a la
unidad generadora de efectivo que se esté considerando.
Puesto que los activos comunes de la compañía no
generan entradas de efectivo por ellos mismos, el importe recuperable de un
activo común, particularmente considerado, no puede ser calculado a menos que
la gerencia haya decidido desapropiarlo. Como consecuencia de esto, si existe
algún indicio de que el activo común puede haber deteriorado su valor, el
importe recuperable de referencia será el que corresponda a la unidad
generadora de efectivo a la que pertenezca. Este importe recuperable se
comparará con el valor en libros que corresponda a la unidad en cuestión y, si
se diera una pérdida por deterioro, se reconocería la misma de acuerdo con lo
establecido en párrafo 88.
Al comprobar si una determinada unidad generadora de
efectivo ha deteriorado su valor, la empresa debe proceder a identificar todos
los activos comunes que se relacionen con dicha unidad. Para cada uno de los
activos comunes que se hayan identificado de esta forma, la empresa debe
proceder a aplicar el párrafo 80, esto es:
a) Si el valor en libros del activo común puede ser
distribuido, de manera razonable y coherente, a la unidad generadora de
efectivo considerada, la empresa deberá aplicar solamente la comprobación
"de abajo arriba", y
b) Si el valor en libros del activo común no pudiera ser
atribuido, de manera razonable y coherente, a la unidad generadora de efectivo
que se esté considerando, la empresa deberá aplicar tanto la comprobación
"de abajo arriba" como la comprobación "de arriba abajo".
En el Ejemplo 8
del Apéndice A se puede encontrar una ilustración sobre cómo tratar los activos
comunes de la compañía.
PÉRDIDA DE VALOR POR DETERIORO PARA UNA UNIDAD
GENERADORA DE EFECTIVO
Debe procederse a
reconocer una pérdida por deterioro para una unidad generadora de efectivo si,
y sólo si, su importe recuperable fuera menor que su valor en libros. La
pérdida por deterioro debe ser distribuida, al objeto de reducir el valor de
los activos que componen la unidad, en el siguiente orden:
a) En primer lugar, a la plusvalía comprada que en su
caso pudiera haberse atribuido a la unidad en cuestión, y
b) A continuación, a los demás activos de la unidad,
prorrateando en función del valor en libros de cada uno de los activos
existentes en la unidad.
Tales reducciones en el valor en libros, de cada uno
de los activos individuales, deben ser tratadas como pérdidas por deterioro de
los mismos, y reconocidas contablemente de acuerdo con lo establecido en el
párrafo 59.
Al distribuir una pérdida por deterioro según se
establece en el párrafo 88, el valor en libros de cada activo no debe ser
reducido por debajo del mayor valor de entre los siguientes:
a) Su precio de venta neto (si se
pudiese determinar);
b) Su valor de uso (si se pudiese
determinar), y
c) Cero.
El importe de la pérdida por deterioro que no se pueda
distribuir los activos siguiendo el criterio anterior, será prorrateado entre
los demás activos que componen la unidad.
Por causa de su naturaleza peculiar, se eliminará, en
primer lugar, la totalidad o parte de la plusvalía comprada distribuida a la
unidad generadora de efectivo, y sólo a continuación se procederá a disminuir
el valor en libros que corresponda a los demás activos de la unidad.
Si no hubiera forma, en la práctica, de estimar el
valor en libros de cada activo individual de la unidad generadora de efectivo,
esta Norma exige que se haga un reparto arbitrario, prorrateando la pérdida por
deterioro entre los activos de dicha unidad que sean diferentes de la plusvalía
comprada, puesto que todos estos activos operan conjuntamente.
Si el importe recuperable de un activo individual no
pudiera ser determinado:
(a) Se procederá a reconocer una pérdida por deterioro
para el activo siempre que su valor en libros sea superior al mayor importe
entre su precio de venta neto y el valor que le corresponda tras la
distribución hecha según los procedimientos descritos en los párrafos 88 y 89,
y
(b) No se reconocerá pérdida por deterioro alguno para
el activo si la unidad generadora de efectivo en la que está incluido no
hubiera sufrido ninguna pérdida por deterioro. Esto es de aplicación incluso
cuando el precio de venta neto del activo fuera menor que su valor en libros.
En los párrafos 95 a
101 se establecen los requisitos para proceder a revertir una pérdida por
deterioro, que haya sido reconocida con anterioridad para un activo o para una
unidad generadora de efectivo. En estos párrafos se utiliza el término
"activo", pero las disposiciones son aplicables por igual a los
activos individuales y a las unidades generadoras de efectivo. Se establecen
requisitos adicionales, para el caso de los activos individuales, en los párrafos
102 a 106, para las unidades generadoras de efectivo en los párrafos 107 y 108
y para la plusvalía comprada en los párrafos 109 a 112.
Una empresa debe evaluar, en cada fecha del balance,
si existe algún indicio de que la pérdida por deterioro, reconocida para los
activos en años anteriores ya no existe o ha disminuido. Si encontrara tal
indicio, la empresa debería volver a estimar el importe recuperable del activo
en cuestión.
Al evaluar si existen indicios de que la pérdida por
deterioro reconocida en años anteriores para un activo ya no existe o ha
disminuido, la empresa debe considerar, como mínimo, si se dan algunas de las
siguientes indicaciones:
Fuentes externas de información
(a) Durante el periodo, el valor de mercado del activo
ha aumentado significativamente;
(b) Durante el periodo, han tenido, o van a tener
lugar en el futuro inmediato, cambios significativos con un efecto favorable
para la empresa, referentes al entorno legal, económico, tecnológico o de
mercado en los que ésta opera, o bien en el mercado al que está dedicado el
activo en cuestión;
(c) Durante el periodo, las tasas de interés u otras
tasas de rendimiento del mercado, han experimentado decrementos que
probablemente afecten a la tasa de descuento utilizada para calcular el valor
de uso del activo, de forma que su importe recuperable haya ascendido de forma
significativa;
Fuentes internas de información
(d) Durante el periodo han tenido lugar, o se espera
que tengan lugar en el futuro inmediato, cambios significativos en la forma o
manera en que se usa o se espera usar el activo, con efecto favorable sobre la
empresa; entre tales cambios pueden encontrarse las inversiones que mejoran o
desarrollan el activo por encima del nivel de rendimiento originalmente
previsto, o bien la existencia de un compromiso para interrumpir o
reestructurar la operación a la que éste pertenece, y
(e) Se dispone de evidencia, procedente de informes
internos, que indica que el rendimiento económico del activo es, o va a ser,
mejor que el esperado.
La lista de indicios de potenciales recuperaciones de
la pérdida por deterioro del párrafo 96 sigue, en esencia, la de indicios de
potenciales pérdidas por deterioro recogida en el párrafo 9. También es
aplicable el concepto de importancia relativa a la hora de determinar si la
pérdida por deterioro, reconocida para un activo en periodos anteriores, se ha
revertido, y si se necesita calcular de nuevo el importe recuperable del mismo.
Si existieran indicios de que la pérdida por
deterioro, reconocida en años anteriores para un activo, ya no existe o ha
disminuido , esto puede indicar que la vida útil restante, que el método de
amortización o depreciación o que el valor residual necesitan también ser
revisados y ajustados, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad
que sea de aplicación, incluso cuando el indicio no lleve a la reversión de la
pérdida por deterioro del activo.
Debe procederse a la reversión de la pérdida por
deterioro reconocida para el activo en periodos anteriores si, y sólo si, se ha
producido un cambio en las estimaciones utilizadas, para determinar el importe
recuperable del mismo, desde que se reconoció por última vez la susodicha
pérdida. Si este fuera el caso, el valor en libros del activo debe ser
aumentado hasta que alcance su importe recuperable. Tal incremento se designa
como reversión de la pérdida por deterioro.
La reversión de una pérdida por deterioro refleja un
aumento en el potencial estimado de servicio del activo, ya sea por su
utilización o por su venta, desde el momento en que la empresa reconoció por
última vez la pérdida por deterioro del activo. La empresa está obligada a
identificar los cambios en las estimaciones que produce el incremento citado en
el potencial de servicio. Ejemplos de tales cambios en las estimaciones son los
siguientes:
(a) Un cambio en la base de estimación del importe
recuperable (por ejemplo, si antes se calculaba a partir del precio de venta
neto y ahora se hace a partir del valor de uso, o viceversa);
(b) Si el importe recuperable se calculaba a partir
del valor de uso, un cambio en la cuantía o en las fechas de las estimaciones
de los flujos de efectivo futuros o en la tasa de descuento, o
(c) Si el importe recuperable se calculaba a partir
del precio de venta neto, un cambio en las estimaciones correspondientes a los
componentes de tal precio de venta o en los costos relacionados con la
desapropiación.
El valor de uso de un determinado activo puede llegar
a hacerse mayor que su valor en libros, simplemente porque el valor presente de
los flujos de efectivo futuros aumente, a medida que éstos se encuentren más
próximos al momento presente. No obstante, el potencial de servicio del activo
puede no haber variado en absoluto. Por tanto, una pérdida por deterioro no
puede revertirse por causa del mero paso del tiempo (en ocasiones a esto se le
denomina "relajación del descuento"), incluso aunque el importe
recuperable del activo llegue a ser mayor que su valor en libros.
REVERSIÓN DE LA PÉRDIDA POR DETERIORO DE UN ACTIVO
INDIVIDUAL
El nuevo valor en
libros de un activo, tras la reversión de una pérdida por deterioro, no debe
exceder al valor en libros que podría haberse obtenido (neto de amortización o
depreciación) de no haberse reconocido la pérdida por deterioro para el mismo
en periodos anteriores.
Los incrementos en el valor en libros de un activo por
encima del valor en libros que podría haberse obtenido (neto de amortización o
depreciación), de no haber sido reconocida la pérdida por deterioro en periodos
anteriores, son de hecho revaluaciones del activo en cuestión. Para
contabilizar tales revaluaciones, la empresa utilizará la Norma Internacional
de Contabilidad que corresponda al activo.
La reversión de una pérdida por deterioro en un activo
debe ser reconocida como un ingreso inmediatamente en el estado de resultados,
a menos que dicho activo se contabilice por su valor revaluado, siguiendo otra
Norma Internacional de Contabilidad (por ejemplo, en virtud del tratamiento
alternativo permitido en la NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo). Cualquier
reversión de la pérdida por deterioro en un activo previamente revaluado, debe
tratarse como un aumento de revaluación según la Norma Internacional de
Contabilidad pertinente.
La reversión de una pérdida por deterioro, reconocida
en un activo revaluado, se acredita directamente al patrimonio neto, aumentando
el importe del superávit de revaluación. No obstante, y en la medida en que la
pérdida por deterioro del mismo activo revaluado haya sido reconocida
previamente como un gasto en el estado de resultados, se reconocerá la reversión
como un ingreso del periodo.
Después de haber reconocido una reversión de la
pérdida por deterioro, los cargos por depreciación (amortización) del activo
deben ser objeto del ajuste correspondiente, con el fin de distribuir el valor
en libros revisado del activo, menos su eventual valor residual, de una forma
sistemática a lo largo del periodo que constituya su vida útil restante.
REVERSIÓN DE LA PÉRDIDA POR DETERIORO DE UNA UNIDAD
GENERADORA DE EFECTIVO
El importe de la reversión de una pérdida por
deterioro, en una unidad generadora de efectivo, debe ser objeto de
distribución, al objeto de incrementar el valor en libros de los activos de la
citada unidad, utilizando el siguiente orden:
(a) en primer lugar, a los activos distintos de la
plusvalía comprada, prorrateando la cantidad en función del valor de cada uno
de los activos que componen la unidad, y
(b) a continuación, y si se cumplen los requisitos del
párrafo 109, la plusvalía comprada distribuida a la unidad generadora de
efectivo.
Los incrementos en los valores en libros deben
tratarse como reversiones de las pérdidas por deterioro de cada uno de los
activos individuales, y proceder a su reconocimiento de acuerdo con el párrafo
104.
Al atribuir la
reversión de una pérdida por deterioro correspondiente a una unidad generadora
de efectivo, siguiendo lo establecido en el párrafo 107, el valor en libros de
cada activo no debe ser aumentado por encima del menor entre:
(a) Su importe recuperable (si
pudiera determinarse), y
(b) El valor en libros (neto de amortización o
depreciación) que hubiera podido determinarse de no haberse reconocido la
pérdida por deterioro en los periodos anteriores.
El importe de la reversión de la pérdida por deterioro
que no se pueda distribuir a los activos siguiendo el criterio anterior, será
prorrateado entre los demás activos que componen la unidad.
REVERSIÓN DE LA PÉRDIDA POR DETERIORO DE LA PLUSVALÍA
COMPRADA
Como excepción a los
requisitos establecidos en el párrafo 99, una pérdida por deterioro reconocida
en la plusvalía comprada no podrá ser objeto de reversión en los periodos
posteriores, a menos que:
(a) La pérdida por deterioro fuera causada por un
suceso externo específico de naturaleza tan excepcional que no se espere su
repetición en el futuro, y
(b) Hayan ocurrido, con posterioridad, sucesos
externos que hayan conseguido revertir el efecto de tal suceso.
La NIC 38 Activos Intangibles prohíbe el
reconocimiento de una plusvalía comprada generada internamente. Cualquier incremento
posterior en el importe recuperable de la plusvalía comprada, será
probablemente un aumento de la plusvalía comprada generada internamente, salvo
que el incremento esté relacionado claramente con la reversión de los efectos
causados por un suceso externo específico de naturaleza excepcional.
Esta Norma no
permite la reversión de una pérdida por deterioro en la plusvalía comprada
basada en un mero cambio de las estimaciones (por ejemplo, una variación en la
tasa de descuento o en el importe y aparición temporal de los flujos de
efectivo futuros de la unidad generadora de efectivo a la que corresponde la
plusvalía comprada).
Un suceso externo específico es un evento que cae
fuera del control de la empresa. Ejemplos de sucesos externos de naturaleza
excepcional son las nuevas regulaciones que producen recortes significativos, o
reducen el rendimiento, de la actividad o las operaciones a las que corresponde
la plusvalía comprada.
(a) El importe de las pérdidas por deterioro
reconocidas en el estado de resultados durante el periodo, así como la partida
o partidas en las que tales cargos están incluidos;
(b) El importe de las reversiones de anteriores
pérdidas por deterioro que se han reconocido en el estado de resultados durante
el periodo, así como la partida o partidas del estado de resultados en que
tales reversiones están incluidas;
(c) El importe de las pérdidas por deterioro
reconocidas directamente en las cuentas de patrimonio neto durante el periodo,
y
(d) El importe de las reversiones de anteriores
pérdidas por deterioro reconocidas directamente en las cuentas de patrimonio
neto durante el periodo.
Una clase de
activos es un conjunto de elementos que tienen similar naturaleza y uso en las
actividades de la empresa.
La información
exigida por el párrafo 113 puede revelarse junto con otros datos presentados
por clases de activos. Por ejemplo, tal información puede estar incluida en una
conciliación del valor en libros de las propiedades, planta y equipo al
comienzo y al final de periodo, ya que este tipo de información es obligatorio
según la NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo.
Una empresa que
aplica la NIC 14, Información Financiera por Segmentos, debe proceder a
revelar, para cada uno de los segmentos que incluya en sus estados financieros
con el formato principal (que se define en la propia NIC 14), la siguiente
información:
(a) El importe que corresponde a las pérdidas por
deterioro reconocidas, tanto en el estado de resultados como directamente en
las cuentas de patrimonio neto durante el periodo, y
(b) El importe correspondiente a las reversiones de
pérdidas por deterioro reconocidas anteriormente, tanto en el estado de
resultados como directamente en las cuentas de patrimonio neto durante el
periodo.
Si una determinada pérdida por deterioro o su
reversión, que han sido reconocidas durante el periodo y corresponden a un
activo individual o a una unidad generadora de efectivo, son de cuantía
significativa en los estados financieros de la empresa en su conjunto, ésta
debe proceder a revelar la siguiente información:
(a) Los sucesos y circunstancias que han llevado al
reconocimiento o a la reversión de la pérdida por deterioro;
(b) El importe de la pérdida por deterioro
reconocida o revertida;
(c) Para cada activo individual:
(i) La naturaleza del
activo, y
(ii) El segmento al que pertenece, según cuál sea el
formato principal utilizado por la empresa (a partir de las definiciones
contenidas en la NIC 14, Información Financiera por Segmentos, siempre que la
empresa aplique esta Norma);
(d) Para cada unidad generadora
de efectivo:
(i) Una descripción de la susodicha unidad generadora de efectivo
(por ejemplo si se trata de una línea de productos, una fábrica, una operación
de negocios, un área geográfica, o un segmento de información de la empresa,
según se definen éstos en la NIC 14, u otro tipo de descripción que resulte
conveniente);
(ii) El importe de la pérdida por deterioro reconocida
o revertida en el periodo, por cada clase de activos y por cada segmento de
información, según el formato primario que utilice la empresa (tal y como éste
se define en la NIC 14, siempre que la empresa aplique esta Norma), y
(iii) Si la forma de agrupar los activos, para
identificar la unidad generadora de efectivo, ha cambiado desde la anterior
estimación del importe recuperable de la unidad, la empresa deberá incluir una
descripción de la forma anterior y actual de llevar a cabo la agrupación, así
como las razones para modificar la forma de identificar la unidad en cuestión;
(e) Si el importe recuperable del activo (o de la
unidad generadora de efectivo) en cuestión, está constituido por su precio de
venta neto o su valor de uso;
(f) En el caso de que el importe recuperable sea el
precio de venta neto, los criterios utilizados para determinar este precio de
venta neto (por ejemplo por referencia a un mercado activo o de otra manera), y
(g) En el caso de que el importe recuperable sea el
valor de uso, la tasa o tasas de descuento utilizadas en las estimaciones
actuales y en las efectuadas anteriormente, en su caso.
Si el conjunto de todas las pérdidas por deterioro
reconocidas o revertidas, durante el periodo, tuvieran importancia
significativa dentro de los estados financieros globales de la empresa, ésta
deberá revelar en ellos información conteniendo una breve descripción de lo
siguiente:
(a) Las principales clases de activos afectados por
las pérdidas por deterioro, o en su caso por las reversiones, para las cuales
no se ha dado información por no requerirlo el párrafo 117, y
(b) Los principales sucesos y circunstancias que han
llevado al reconocimiento, o en su caso a la reversión, de tales pérdidas por
deterioro para las que no se ha dado información por no requerirlo el párrafo
117.
Se aconseja a las empresas revelar información acerca
de las hipótesis clave utilizadas para determinar, durante el periodo, el
importe recuperable de los activos o de las unidades generadoras de efectivo.
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